05/12/2025

Retiro AFP de S/ 21, 400 en Perú: ¿Dina Boluarte confirmó que aprobará el octavo desembolso de fondos?

Hace 4 meses

Retiro AFP de S/ 21, 400 en Perú: ¿Dina Boluarte confirmó que aprobará el octavo desembolso de fondos?

Diversos aportantes busca conocer cuándo comenzará el retiro AFP de 21,400 soles y cómo sería el desembolso de los fondos este 2025.

Diversos aportantes busca conocer cuándo comenzará el retiro AFP de 21,400 soles y cómo sería el desembolso de los fondos este 2025.

Dina Boluarte ofreció su Mensaje a la Nación el pasado 29 de julio, generando expectativas entre los diversos aportantes sobre la aprobación del octavo retiro AFP. Sin embargo, evitó pronunciarse a la iniciativa del Congreso, lo que ha causado inquietud entre quienes aguardan autorización para disponer hasta S/ 21,400 de sus fondos este año.

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No todo son malas noticias para los aportantes a la AFP, ya que hace algunos días se aprobó la nueva mesa directiva del Congreso, por ende, es posible que en los próximos días, la nueva Comisión de Economía ponga en la agenda el debate del octavo desembolso, pero aún queda esperar.

Retiro AFP 2025: ¿Cuándo se podrá realizar el desembolso?

Por ahora no hay un plazo establecido para que los ciudadanos accedan al octavo retiro de hasta 4UIT de sus fondos. Pero se espera que el parlamento debata este proyecto de ley a finales de agosto o primera semana de setiembre, pero hasta ahora no se ha establecido una fecha oficial.

El retiro AFP aún no ha sido debatido en el Congreso.

Retiro AFP de 21, 400 soles: ¿Cómo se realizaría el desembolso?

Hasta ahora, no se ha establecido cómo será el retiro AFP de 21,400 soles, pero es posible que el desembolso sea similar a años anteriores. Por ende, los aportantes podrán acceder a su dinero de manera progresiva.

  • Primera UIT: 30 días después de la aprobación del proyecto de ley.
  • Segunda UIT: 30 días después del primer desembolso.
  • Tercera UIT: 30 días después del segundo desembolso.
  • Cuarta UIT: 30 días después del tercer desembolso.

Es importante mencionar que, el proceso debe ser oficializado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que emitirá el reglamento oficial cuando el proyecto de ley sea promulgado por el Poder Ejecutivo, pero aun este se encuentra pendiente, ya que no ha sido debatido en el Pleno.

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