06/12/2025

MEF aprueba nueva escala salarial y gratificaciones para trabajadores del sector público

Hace un mes

MEF aprueba nueva escala salarial y gratificaciones para trabajadores del sector público

Con esta medida, el MEF busca dignificar el trabajo de los servidores públicos, en particular aquellos bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728.

Con esta medida, el MEF busca dignificar el trabajo de los servidores públicos, en particular aquellos bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) del Perú avanzó en materia de política salarial para el sector público al aprobar una nueva escala remunerativa y la reafirmación de las gratificaciones legales establecidas. La aprobación se realizó a través del Decreto Supremo N.º 241‑2025‑EF, amparado en la Ley N.º 32263, que autoriza expresamente al MEF a actualizar la escala remunerativa de los servidores del Ministerio Público sujetos al régimen mencionado.

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Esta actualización no solo contempla el ingreso mensual básico, sino que condiciona expresamente qué gratificaciones podrán percibirse, es decir, reafirma que se reconocerá el pago por Fiestas Patrias, Navidad y la bonificación por escolaridad, además de otros beneficios legales como la CTS y la asignación familiar. A continuación, te contamos los aspectos principales de la norma.

MEF

MEF anuncia cambios en sector público / FOTO: Difusión

¿Qué contempla la norma del MEF?

La norma se dirige específicamente al personal de apoyo y administrativo del Ministerio Público, comprendido bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728. A través del Decreto Supremo N.º 241-2025-EF, publicado el 5 de noviembre de 2025, se aprueba una nueva escala remunerativa.

Ningún servidor perteneciente a este grupo podrá percibir un ingreso mensual que supere el límite máximo estipulado en la escala salarial. En cuanto a las gratificaciones y beneficios adicionales, únicamente se reconocen la gratificación por Fiestas Patrias, la gratificación por Navidad y la bonificación por escolaridad. Además, se mantienen vigentes la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y la asignación familiar. Queda estrictamente prohibido cualquier otro ingreso adicional, salvo aquellos expresamente contemplados en la Ley N.º 31188 sobre Negociación Colectiva en el Sector Estatal.

Nueva escala salarial según categoría

A continuación, se detalla el nuevo cuadro de montos mensuales por categoría, aprobado en el citado decreto:

  • Directivo 7: Gerente General, Jefe del Instituto de Medicina Legal 15 600.00
  • Directivo 6: Gerente Central, Secretario General 14 442.00
  • Directivo 5: Gerente, Procurador Público 13 000.00
  • Directivo 4: Subgerente 11 362.00
  • Directivo 3: Asesor, Administrador, Procurador Adjunto Público 8 973.00
  • Profesional 6: Abogado, Analista, Médico 7 183.00
  • Profesional 5: Biólogo, Cirujano Dentista, Psicólogo, Químico Farmacéutico, Tecnólogo Médico, Especialista Administrativo, Asistente en Función Fiscal 6 052.00
  • Técnico 6: Operador Administrativo, Programador 5 256.00
  • Técnico 5: Asistente Administrativo, Asistente Médico Legal, Técnico Necropsiador 4 962.00 (o 4 471.00 en ciertos subniveles)
  • Auxiliar 1: Auxiliar Administrativo 3 842.00

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