25/07/2025

Atención, afiliados de EsSalud: Empleadores no realizarán aporte a seguro social en el mes de julio 2025

El pasado Miercoles 09

Atención, afiliados de EsSalud: Empleadores no realizarán aporte a seguro social en el mes de julio 2025

Conoce cuál es el motivo por el que empleadores no realizarán el aporte al seguro social de EsSalud en julio 2025.

Conoce cuál es el motivo por el que empleadores no realizarán el aporte al seguro social de EsSalud en julio 2025.

Miles de trabajadores en el Perú aportan de manera mensual al Seguro Social de Salud (EsSalud), que tiene la finalidad de garantizar el acceso a servicios médicos, económicos y sociales. Sin embargo, para julio 2025, los afiliados deben tener en cuenta una información de suma importancia respecto al aporte del mes.

Conoce más detalles sobre el Bono EsSalud 2025 que está disponible para afiliados a nivel nacional.

PUEDES VER: Bono EsSalud de julio 2025: conoce si cobras el monto de 820 soles y qué hacer para recibirlo

¿Por qué no se depositará el aporte a EsSalud en julio 2025?

Los empleadores del sector privado no depositarán los montos correspondientes al seguro social en este mes de julio 2025, puesto que el aporte pasará a ser una "bonificación extraordinaria" que se pagará por la gratificación de Fiestas Patrias, de acuerdo a la Ley 30334.

"El monto que abonan los empleadores por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud (Essalud) con relación a las gratificaciones de julio y diciembre son abonados a los trabajadores bajo la modalidad de bonificación extraordinaria de carácter temporal no remunerativo ni pensionable.", se señala en la normativa.

El monto de aporte a EsSalud de julio 2025 se entregará a los afiliados en el pago de la gratificación.

Eso quiere decir que el monto que corresponde abonar a EsSalud, lo recibirán los afiliados por concepto de gratificación de julio 2025. Este tiene un valor del 9%, mientras que en el caso de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS), se aplica el 6.75 %, según lo dispuesto en el DS 012‑2016‑TR.

Asimismo, se precisa que la gratificación por Fiestas Patrias no está sujeta a aportes, ya sea EsSalud o EPS, contribuciones ni descuentos, salvo aquellos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.

Por otro lado, es importante indicar que esta medida beneficia a los afiliados del Seguro Regular, eso quiere decir, a los trabajadores en planilla. Este seguro social cubre al empleado y a sus derechohabientes (cónyuge/conviviente, hijos menores y mayores con discapacidad), brindando atención médica, subsidios económicos y servicios sociales.

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