Se anunció que todos los afiliados podrán solicitar el traslado entre la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y viceversa. Esta reciente medida se ha establecido en el Reglamento Operativo de Traslados, publicado por la ONP, que busca facilitar la movilidad de los afiliados de ambos sistemas de pensiones. ¿Qué debes saber?

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¿Desde cuándo podrás presentar tu solicitud para cambiarte de ONP a AFP y viceversa?

El inicio del proceso de asesoría, recepción y atención de las solicitudes de traslado entre la ONP y las AFP está programado para el 1 de junio de 2027. A partir de dicha fecha, los afiliados podrán hacer los procesos correspondientes para su primer traslado en cualquier momento.

ONP a AFP.

¿Desde cuándo podrás presentar tu solicitud para cambiarte de ONP a AFP? AQUÍ lo que se sabe.

Sin embargo, para realizar cambios adicionales, será necesario que el afiliado permanezca un mínimo de 24 meses en el régimen al que se ha trasladado.

Esta normativa ha sido aprobada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000081-2026-PE-ONP, junto a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y establece las condiciones para el tránsito entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP).

¿A través de qué aplicativo y cómo se realizará la solicitud para el cambio de ONP a AFP o viceversa?

El proceso de afiliación se realizará a través de la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), una herramienta digital que centraliza los trámites de afiliación y traslado entre los diferentes regímenes previsionales.

El cambio será opcional y se deberá realizar bajo conocimiento de las condiciones y beneficios que ofrece cada sistema de pensiones. Los afiliados tendrán la oportunidad de analizar su situación antes de optar por trasladarse del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado de Pensiones, o viceversa.

Datos claves que expuso la ONP

  • Este trámite se llevará a cabo mediante la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST). Solo por esta vía.
  • A partir del 1 de junio de 2027, los afiliados podrán solicitar su primer traspaso en cualquier momento. No obstante, para realizar traslados posteriores, será necesario que el afiliado permanezca un mínimo de 24 meses (dos años) en el régimen actual.
  • Los pensionistas de jubilación e invalidez de ambos regímenes no podrán trasladarse, ya que se encuentran recibiendo una pensión.

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